Condiciones para la apertura de la presencialidad en IIEE públicas del país
Condiciones para la apertura
Las condiciones para la apertura han sido consultadas previamente con expertos en el tema, han sido validadas por el Ministerio de Salud, ente rector en materia de salud a nivel nacional. Estas condiciones permiten identificar a aquellas IIEE o programas educativos que pueden brindar el servicio educativo en los tipos semipresenciales, presenciales o a distancia. Para ello, se han definido tres grupos de condiciones, las cuales deben cumplirse de manera concurrente:
Condiciones de contexto: aquellas que, basadas en indicadores epidemiológicos y territoriales, identifican a las IIEE o programas de un determinado distrito que estarían habilitadas para prestar el servicio educativo con algún grado de presencialidad.
Condiciones de bioseguridad en la IE: aquellas que, una vez que las IIEE o programas estén habilitadas a nivel de distrito, serán garantizadas permanentemente por las IIEE para que el servicio educativo se brinde de manera segura.
Condiciones sociales: aquellas que expresan la voluntad y conformidad de la comunidad con la prestación del servicio educativo por parte de la IE.
Las IIEE o programas que cumplan con las condiciones de contexto son llamadas “IIEE habilitadas”. Las IIEE o programas habilitados que cumplan, adicionalmente, las condiciones de bioseguridad de la IE y las condiciones sociales serán llamadas “IIEE aptas” para brindar el servicio educativo con algún grado de presencialidad. Todas Ias IIEE y programas deben elaborar, implementar y realizar el seguimiento al “Plan de implementación para la prestación del servicio educativo (Anexo 1).
En el Sistema de Seguimiento y Alerta para el Retorno Seguro (SARES), desarrollado por el Minedu, los usuarios podrán ver reflejada la información sobre la evolución y el cumplimiento de las condiciones de contexto, a partir de la información que provea el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), y otras fuentes de información abiertas del Minsa y del Minedu.
Durante el primer mes del año escolar 2021, todas las IIEE o programas educativos del país operarán el servicio educativo a distancia. Conforme las condiciones del contexto epidemiológico lo permitan, el Minedu informará el inicio del retorno a clases con algún grado de presencialidad, a través de su Portal Institucional.
Condiciones de contexto
Las condiciones de contexto habilitan los distritos donde las IIEE o programas podrían brindar el servicio educativo con algún grado de presencialidad.
La habilitación de las IIEE o programas para la prestación del servicio con algún grado de presencialidad se llevará a cabo a lo largo de tres etapas y según el cumplimiento de las condiciones de contexto (territoriales y epidemiológicas). De manera escalonada y gradual, estas etapas van permitiendo que la potencial apertura de las IIEE o programas empiece desde las que se ubican en los distritos más rurales y con menores requerimientos de movilidad estudiantil hacia aquellas que se ubican en distritos urbanos y con mayor movilidad estudiantil, como sigue:
Etapa 1: Estarán habilitadas para la apertura las IIEE o programas que se ubiquen en distritos que cumplan la condición de ruralidad y de baja movilidad estudiantil que cumplan las condiciones epidemiológicas por el periodo que se indica en la Tabla 1, respectivamente.
Etapa 2: Estarán habilitadas para la apertura, además de las IIEE o programas de la etapa anterior, las IIEE que se ubiquen en distritos que cumplan la condición de ruralidad y no de baja movilidad estudiantil siempre que cumplan las condiciones epidemiológicas por el periodo que se indica en la Tabla 1, respectivamente.
Etapa 3: Estarán habilitadas para la apertura, además de las IIEE o programas de las etapas anteriores, las IIEE que se ubiquen en distritos que no cumplan la condición de siempre que cumplan las condiciones epidemiológicas por el periodo que se indica en la Tabla 1, respectivamente
A continuación, se detallan las condiciones territoriales y epidemiológicas vinculadas en cada etapa descrita previamente:
Condiciones territoriales:
- Ruralidad:Un distrito es considerado rural si el porcentaje de IIEE o programas educativos de su jurisdicción que se ubican en áreas con algún grado de ruralidad6 es mayor o igual al 80%, según información del Minedu
Baja movilidad estudiantil: Un distrito es considerado como de baja movilidad estudiantil si el porcentaje de estudiantes que se traslada a dicho distrito desde uno diferente para asistir a clases es menor al 30%, según la información del Minedu.
Fuente: RM 121-2020-MINEDU
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