Disposiciones que regulan la investigación y el proceso administrativo disciplinario para profesores, en el marco de la Ley N° 29944. [R V.M N° 091-2021-MINEDU]

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 091-2021-MINEDU

Lima, 24 de marzo de 2021

VISTOS, el Expediente N° 0065461-2020, el Oficio Nº 00597-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD y el Oficio N° 01184-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Oficio N° 00909-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el Informe Nº 00473-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el Oficio N° 00085-2021-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00967-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 00874-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, de acuerdo con lo señalado por el artículo 1 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, dicha norma tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada. Regula sus deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos;

Que, el artículo 12 de la Ley Nº 29944 establece que la Carrera Pública Magisterial reconoce cuatro (4) áreas de desempeño laboral, para el ejercicio de cargos y funciones de los profesores, siendo estas: i) Gestión pedagógica; ii) Gestión institucional; iii) Formación docente; y, iv) Innovación e investigación. Asimismo, el artículo 43 de la Ley Nº 29944 establece que los profesores que se desempeñan en las áreas antes señaladas, que transgredan los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones, incurren en responsabilidad administrativa y son pasibles de sanciones según la gravedad de la falta y la jerarquía del servidor o funcionario; las que se aplican con observancia de las garantías constitucionales del debido proceso;

Que, de acuerdo con lo señalado por el numeral 1.1 del artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, dicho reglamento tiene por objeto regular las disposiciones, criterios, procesos y procedimientos contenidos en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;

Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 091-2015-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas que Regulan el Proceso Administrativo Disciplinario para Profesores en el Sector Público”;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el Oficio Nº 00597-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, complementado con el Oficio Nº 01184-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00473-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el mismo que sustenta la necesidad de aprobar el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan la investigación y el proceso administrativo disciplinario para profesores, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”; siendo necesario para ello derogar la Resolución Viceministerial N° 091-2015-MINEDU;

Que, con Oficio N° 00909-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes actualiza el referido documento normativo, el mismo que tiene como objetivo establecer disposiciones que regulan el proceso administrativo disciplinario seguido a los profesores nombrados y contratados en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, que incurran en faltas o infracciones de carácter disciplinario, aplicando los principios del derecho administrativo sancionador; asimismo, establecer disposiciones para la investigación por faltas o infracciones a cargo del director de la institución educativa, del jefe de personal o quien haga a sus veces; así como, regular la constitución y el funcionamiento de las Comisiones Permanentes y Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes comprendidos en la referida Ley;

Que, de acuerdo con el precitado Informe Nº 00473-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN,la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la Dirección General de Gestión Descentralizada y la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, emiten opinión favorable al documento normativo;

Que, a través del Informe N° 00967-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera factible continuar con el trámite del documento normativo dado que se encuentra alineado con los documentos de planificación estratégica del Sector y desde el punto de vista presupuestal no genera costos al Pliego 010: Ministerio de Educación; asimismo, a través Oficio N° 00085-2021-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto ratifica la opinión técnica emitida por el referido informe;

Que, asimismo, con Informe Nº 00874-2020-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del documento normativo resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar la Resolución Viceministerial N° 091-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas que Regulan el Proceso Administrativo Disciplinario para Profesores en el Sector Público”.

Artículo 2.- Aprobar el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan la investigación y el proceso administrativo disciplinario para profesores, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS

Viceministra de Gestión Pedagógica

1937994-1

Fuente: elperuano.pe

¿Te gustó la publicación? | Comparte en tus Redes Sociales

¿QUIERES UNIRTE Y SEGUIRNOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES?

Nuestra Página Facebook: https://www.facebook.com/SomosDocentes3

Nuestro Canal Telegram: https://t.me/SomosDocentes2

Nuestro Canal WhatsApp: Somos Docentes | Repositorio Educación

Nuestro Canal Youtube: https://www.youtube.com/@SomosDocentes3

Únete a nuestros Grupos WhatsApp aquí

Deja una respuesta