Disposiciones para la implementación del Modelo de Servicio Educativo JEC para las II.EE del nivel de Educación Secundaria. [R V.M N° 165-2021-MINEDU]


RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 165-2021-MINEDU

Lima, 31 de mayo de 2021

VISTOS, el Expediente Nº 0032445-2021, el Informe Nº 00830-2021-MINEDU/VMGP-DIGBR-DES de la Dirección de Educación Secundaria, el Informe Nº 00549-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 00662-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;

Que, de acuerdo a los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, deporte, recreación; y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes o necesarias;

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la Política General del Estado;

Que, el literal a) del artículo 80 de la referida Ley, establece que es función del Ministerio de Educación definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas específicas de equidad;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 451-2014-MINEDU, se crea el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”, modificado mediante Resolución Ministerial Nº 062-2015-MINEDU;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 326-2019-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria”;

Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19; la misma que ha sido prorrogada con los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-PCM y Nº 009-2021-SA, este último, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, a partir del 7 de marzo de 2021;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19, el mismo que fue prorrogado con los Decretos Supremos Nº 201-2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, Nº 036-2021-PCM, Nº 058-2021-PCM, Nº 076-2021-PCM y Nº 105-2021-PCM, este último, por un plazo de treinta (30) días calendario, a partir del martes 1 de junio de 2021;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 273-2020-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2021 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”;

Que, el literal a) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional en el presupuesto del Año Fiscal 2021 a favor de los gobiernos regionales hasta por el monto de S/ 410 514 950,00 (CUATROCIENTOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), mediante Decreto Supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Educación, a propuesta de este último, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los gobiernos regionales, la implementación de la jornada escolar completa en las instituciones educativas públicas de nivel secundaria de Educación Básica Regular, entre otras;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 043-2021-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2021”, en cuyo Anexo 1.20 se precisa la Implementación de la Jornada Escolar Completa en las instituciones educativas públicas de nivel secundario de Educación Básica Regular. Posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº 159-2021-MINEDU, se aprueba, entre otros aspectos, la versión actualizada de la citada Norma Técnica;

Que, en virtud al marco normativo expuesto, a través del Oficio Nº 00655-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, la Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, remite el Informe Nº 00830-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES en el cual sustenta la necesidad de modificar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 326-2019-MINEDU (en adelante, la Norma Técnica);

Que, en el citado informe se sustenta la necesidad de adecuar el contenido de la Norma Técnica a las disposiciones establecidas en la Resolución Viceministerial Nº 273-2020-MINEDU que aprueba el documento normativo denominado “Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2021 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”, mediante el cual se establecen condiciones para la prestación del servicio educativo presencial, semipresencial y no presencial; así como a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 043-2021-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2021” y en la Resolución Ministerial Nº 159-2021-MINEDU;

Que, con el Memorándum Nº 00237-2021-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, remite el Informe Nº 00549-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, elaborado por la Unidad de Planificación y Presupuesto, a través del cual se considera factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de modificación de la Norma Técnica, por cuanto se encuentra alineada con los objetivos y acciones estratégicas e institucionales del Sector Educación y su financiamiento se encuentra previsto en el presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, asimismo, mediante Informe Nº 00662-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la propuesta de modificación de la Norma Técnica y recomendó continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria”, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 326-2019-MINEDU, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las instituciones educativas comprendidas en el Modelo de Servicio Educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria” aprobado por Resolución Ministerial Nº 451-2014-MINEDU y modificado mediante Resolución Ministerial Nº 062-2015-MINEDU, la difusión y cumplimiento de la modificación de la Norma Técnica objeto de modificación por el artículo precedente.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS

Viceministra de Gestión Pedagógica

1958616-1

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