Metodología para el diseño e implementación de mecanismos de financiamiento basado en resultados o desempeño en el sector educación. [RSG N° 132-2021-MINEDU]

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL

N° 132-2021-MINEDU

Lima, 13 de agosto de 2021

VISTOS, el Expediente Nº UFD2021-INT-0095382; el Memorándum N° 00449-2021-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica; los Informes Técnicos N° 00013-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD y N° 00016-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD de la Unidad de Financiamiento por Desempeño; el Oficio Nº 00127-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME y el Informe N° 00168-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos; y el Informe N° 00978-2021-MINEDU/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, es función técnico-normativa del Ministerio de Educación, aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia;

Que, conforme al literal s) del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, el Ministerio de Educación tiene la función de formular y aprobar la normativa en materia de su competencia;

Que, el artículo 27 del citado Reglamento dispone que la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto es responsable de proponer y coordinar la implementación de metodologías y mecanismos de financiamiento por desempeño dirigidos a instituciones, programas educativos e instancias de gestión educativa descentralizada;

Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño, mediante los Informes Técnicos N° 00013-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD y N° 00016-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, sustenta y solicita la aprobación de la “Metodología para el diseño e implementación de mecanismos de financiamiento basado en resultados o desempeño en el sector educación”, señalando que la misma tiene como finalidad establecer pautas, criterios y principios del ciclo de vida de las herramientas del sistema de mecanismos de financiamiento basado en resultados o desempeño; precisando además que de esta manera, se busca contar con mecanismos que cumplan con criterios mínimos y de calidad metodológica, que contribuyan de manera efectiva a la mejora de la calidad del servicio educativo, tanto en el nivel de educación básica como de educación superior;

Que, la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, mediante el Oficio Nº 00127-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME y el Informe N° 00168-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, emite opinión favorable a la “Metodología para el diseño e implementación de mecanismos de financiamiento basado en resultados o desempeño en el sector educación”;

Que, con el Informe N° 00978-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de vistos, opina que la aprobación de la “Metodología para el diseño e implementación de mecanismos de financiamiento basado en resultados o desempeño en el sector educación” resulta legalmente viable, por lo que considera pertinente proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, el literal a) del numeral 3.4 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, señala que el Titular de la Entidad delega en el/la Secretario/a General, durante el Año Fiscal 2021, la facultad de emitir y aprobar actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y aquellos distintos a los delegados en los Despachos Viceministeriales;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, por la que se delegan facultades a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2021;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Metodología para el diseño e implementación de mecanismos de financiamiento basado en resultados o desempeño en el sector educación”, la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, adopte las acciones necesarias para la implementación de lo dispuesto en la Metodología aprobada en el artículo precedente.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LINA AURORA TASSARA LAFOSSE

Secretaria General

1982196-1

Fuente: elperuano.pe

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