ATENCIÓN: Gobierno oficializa obligación de presentar carnet de vacunación desde el 10 de diciembre
El Gobierno publicó anoche el Decreto Supremo que dispone la obligación de presentar el carné físico o virtual de vacunación contra la covid-19 en espacios cerrados a partir de este viernes 10 de diciembre.
El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, señala que la medida alcanza a las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto.
«A partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados (…) tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la covid-19», refiere la norma.
Agrega que los asistentes a estos espacios cerrados deberán usar mascarilla de manera permanente. Para el caso de restaurantes o similares, los tapabocas pueden ser retirados sólo al momento de ingerir los alimentos, recuerda.
Espacios cerrados identificados
Nivel de alerta moderado:
- –Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
- -Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
- –Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
- –Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
- –Casinos y tragamonedas: 50%
- –Cines y artes escénicas: 80%
- –Bancos y otras entidades financieras: 80%
- –Templos y lugares de culto: 80%
- –Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
- –Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
- –Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
- –Eventos empresariales y profesionales: 80%
- –Peluquería y Barberia: 60%
- –Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
- –Coliseos (vacunados con 2 dosis):40%
- –Gimnasios: 60%
Nivel de alerta alto:
- –Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
- –Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
- –Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
- –Casinos y tragamonedas: 40%
- –Cines y artes escénicas: 40%
- –Bancos y otras entidades financieras: 60%
- –Templos y lugares de culto: 40%
- –Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
- –Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
- –Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
- –Eventos empresariales y profesionales: 50%
- –Peluquería y Barberia: 50%
- –Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
- –Coliseos: 0%
- –Gimnasios: 40%
Actividad laboral presencial
A continuación el texto completo del Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM:
Fuente: andina.pe
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