Nuevas precisiones en el proceso de Contrato Docente 2022

CONTRATACIÓN POR RESULTADOS DE LA PUN (hasta 12 días hábiles) Y EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES (hasta 18 días hábiles)

El postulante que figura en los cuadros de mérito establecidos por la PUN e inscrito a una UGEL de su preferencia, debe presentar de forma presencial o virtual su expediente con los documentos que acreditan los requisitos solicitados para la PUN.

El comité adjudica por orden de mérito, de acuerdo con los cuadros de méritos final de la UGEL, a los y las postulantes que hayan cumplido con lo señalado en el numeral 7.3.1 de la presente norma.

Los postulantes presentan sus expedientes conforme a la formación académica establecida en el Anexo 3 de la presente norma, y son agrupados por orden de prelación excluyente para la adjudicación.

El comité evalúa los expedientes de los y las postulantes sobre un máximo de cien (100) puntos. Las bonificaciones especiales sobre el puntaje total obtenido en la evaluación de expediente, por acreditar condición de discapacidad, por ser licenciado de las Fuerzas Armadas o Deportista Calificado de Alto Nivel.

 

Consideraciones generales

Para adjudicarse una vacante en aula semipresencial en EBR, debe acreditar además el dominio de las TICs (Tecnología de la Información y Comunicación).

El postulante con título pedagógico en educación física o en computación e informática, no puede optar por una vacante del nivel o ciclo educativo distinto al que voluntariamente eligió y postuló.

 

El postulante al área curricular de educación para el trabajo de EBR secundaria y EBA ciclo avanzado, no puede optar por un área curricular/especialidad distinto al que voluntariamente eligió y postuló, independientemente de las certificaciones o especialidades que posea.

El postulante para adjudicarse las vacantes con cargo de profesor coordinador de ODEC, profesor coordinador de ONDEC, profesor coordinador de Pronoei, profesor en CRAEI, profesor coordinador en CRAEI, debe cumplir con los requisitos de formación académica requeridos en cada caso (Anexo 3).

Puede acreditar a un representante mediante carta poder simple, quien elige la vacante y recibe el acta de adjudicación.

Si no se presenta al acto de adjudicación, queda excluido del cuadro de méritos y se prosigue con el siguiente postulante que figure en el cuadro de méritos.

Si decide no adjudicarse una vacante, mantiene latente su ubicación en el cuadro de mérito en espera de nuevas vacantes que se generen.

El postulante adjudicado puede presentar su renuncia ante el comité, y se excluye del cuadro de méritos correspondiente durante todo el periodo lectivo.

 

Consideraciones especificas por resultados de la PUN
El postulante

▪ Debe presentar de forma presencial o virtual; según lo haya establecido el comité; dentro de la fecha aprobada en el cronograma, su expediente con los documentos que acreditan los requisitos de formación académica señalados para la modalidad educativa (EBE, EBR, EBA); así como, el nivel/ciclo y/o área/especialidad de la norma que convocó a la PUN.

▪ Publicado los resultados preliminares, el postulante con puntaje empatado por la PUN y que el comité haya revisado su expediente, en caso no se encuentre de acuerdo con el resultado, está facultado en presentar su reclamo debidamente fundamentado por escrito ante el comité, dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado.

El comité

▪ Si existe empate en el cuadro de méritos establecido por la PUN, el comité verifica y evalúa el expediente de los postulantes empatados, para determinar el orden de mérito.

▪ El comité no puede considerar como no apto a los postulantes, que en sus declaraciones juradas no cuentan con huella dactilar o la firma, el postulante puede regularizar este requisito hasta el momento de la adjudicación .

 

▪ El comité resuelve el reclamo por escrito dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado. La decisión adoptada será comunicada a los postulantes, y en el caso que corresponda, realiza las correcciones a los resultados para su publicación final, con lo cual se da por agotada la etapa de reclamación.

 

De la adjudicación por la PUN

El comité adjudica por orden de mérito, de acuerdo con los cuadros de méritos final de la UGEL, a los y las postulantes que hayan cumplido con presentar su expediente en la fecha establecida en el cronograma.

Entrega o remite al postulante adjudicado el acta de adjudicación, suscrita por todos sus integrantes (Anexo 4).

Entrega o remite al o la postulante adjudicado el contrato de servicio docente (Anexo 1) para su firma.

El postulante adjudicado suscribe el contrato de servicio docente y lo devuelve en el plazo de 24 horas de recibido, para la respectiva emisión de resolución de contrato

Concluida la adjudicación, el comité remite inmediatamente al área de personal o al que haga sus veces en la UGEL, el informe del proceso correspondiente a esta modalidad de contratación, el cual contiene los expedientes de los postulantes adjudicados, asimismo remite un ejemplar solo del informe al titular de la UGEL.

 

De las horas no adjudicadas

▪ Las horas para completar el plan de estudios menores a 20 horas pedagógicas son adjudicadas por el comité a petición del postulante, respetando el orden de mérito.

▪ El comité informa a la UGEL la relación de las horas de libre disponibilidad menores a 20 horas no adjudicadas, para que sea comunicado a los directores de las IIEE para que efectúen su propuesta en la contratación excepcional.

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