Nombramiento Docente 2022: Precisiones para la revisión de expedientes de postulantes ganadores y adjudicación para docentes titulados en EIB | O.M N° 00005-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD

Nombramiento docente 2022: Precisiones para la revisión de expedientes de postulantes ganadores y adjudicación para docentes titulados en EIB | O.M N° 00005-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD

Asunto: Precisiones para la revisión de expedientes de postulantes declarados ganadores y adjudicación para docentes titulados en EIB, en el marco del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022

Referencias:

a) Resolución Viceministerial N° 00081-2022-MINEDU y modificatorias

b) Oficio Múltiple N° 00151-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD

c) Oficio Múltiple N° 0001-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD

De mi consideración

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, en el marco del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, en relación a la revisión de expedientes de los postulantes declarados ganadores y adjudicación para docentes titulados en EIB, en el marco del referido concurso que se viene implementando en sus respectivas jurisdicciones.

Al respecto, se les precisa que a través de los Oficios Múltiples N° 00151-2023 y N° 0001- 2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD este despacho, en coordinación con la Dirección Técnico Normativa de Docentes – DITEN, les solicitó evaluar de acuerdo a su realidad en un plazo razonable adicional, a fin de que los postulantes ganadores del citado concurso presenten sus documentos, y que a la brevedad emitan el acto resolutivo de nombramiento, de quienes cumplan los requisitos y no tengan impedimento para ser nombrados, así como comunicar a la brevedad posible al postulante que no cumple con los requisitos o tenga algún impedimento para ser nombrado, haciéndole conocer las razones por las que no se emite su resolución de nombramiento, además de informar a la DITEN, en el más breve plazo y comunicar a través de su portal institucional.

Sobre el particular, y conforme a los acuerdos arribados en la reunión sostenida el día 08 de enero de 2024, entre los funcionarios del Minedu y los Directores/Gerentes Regionales de Educación, el plazo para concluir con la revisión de expedientes presentados por los postulantes declarados ganadores en el presente concurso, debe efectuarse hasta el día 19 de enero de 2024, y en caso que alguno de los postulantes no cumpla con los requisitos o tenga algún impedimento para ser nombrado, deberá ser comunicado de forma inmediata dándole a conocer que no se emitirá su resolución de nombramiento y los motivos de tal decisión, así como informar a la DITEN, a la DRE y la publicación respectiva en su portal web.

Respecto a los postulantes que han acreditado su formación profesional pedagógica en Educación Intercultural Bilingüe (EIB), se les precisa que podrán adjudicar una plaza vacante, siempre, que la lengua originaria de su formación académica sea la misma respecto a la plaza vacante ofertada, en este caso no se requiere que el postulante se encuentre en el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias del Perú – RNBLO, ni acreditar el dominio de la lengua originaria, en razón que ha sido formado en una determinada lengua originaria. La adjudicación para el presente caso será aprobada por norma desde el Minedu.

Sobre lo antes señalado, se les precisa que el postulante debe presentar una copia simple del título de profesor o licenciado en EIB y, declarar bajo juramento en qué lengua originaria ha sido formado, conforme a lo señalado en el Anexo 01 del presente documento, debiendo acreditar con la constancia de estudios o documento oficial emitido por la entidad formadora, la lengua originaria en la que fue formado, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles posteriores a la adjudicación, correspondiendo a la UGEL donde ha sido adjudicado, verificar el cumplimiento de dicho requisito para que emita el acto resolutivo de nombramiento. En caso el postulante no cumpla con presentar los citados documentos que acredite el requisito de la lengua originaria, en el plazo antes señalado, la UGEL no emitirá la resolución de nombramiento.

Por lo expuesto, es necesario que vuestros despachos tengan en cuenta estas precisiones y se sirvan disponer su estricto cumplimiento, a fin de concluir el proceso de nombramiento, toda vez que, desde el Ministerio de Educación se viene gestionando el marco normativo que establezca los procedimientos para la extensión del Acto Público de Adjudicación, y con ello concluir el concurso de nombramiento – 2022, conforme lo señala la Ley de Reforma Magisterial.

DOCUMENTO NORMATIVO AQUI

Web Oficial del MINEDU:

http://www.minedu.gob.pe

Diario El Peruano:

http://elperuano.pe

 

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