Retiro AFP 2024: Link de la Página Oficial para solicitar hasta 4 UIT | www.solicitaretiroafp.pe

Congreso de la República | Retiro AFP 2024 | Link Oficial

Link de la Página Oficial para solicitar hasta 4 UIT
https://www.solicitaretiroafp.pe

A partir del 20 de mayo de 2024, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán solicitar el retiro de hasta 4 UIT (S/ 20,600) de sus fondos acumulados en las AFP.

De momento, el link aún no está operativo, pero deberás anotarlo en tu agenda para poder realizar tus trámites desde el lunes 20 de mayo.

LINK OFICIAL PARA SOLICITAR EL RETIRO DE AFP:

https://www.solicitaretiroafp.pe

¿CUÁLES SON LOS PLAZOS PARA LOS DESEMBOLSOS DE LAS AFP?

De acuerdo con lo publicado en El Peruano, las AFP deben planificar la distribución de los fondos de acuerdo con el cronograma de desembolsos siguiente:

  • El primer desembolso, que puede ser de hasta 1 UIT (5,150 soles), debe realizarse en un máximo de 30 días calendario a partir de la presentación de la solicitud ante la AFP.
  • El segundo desembolso, también de hasta 1 UIT, debe efectuarse en un plazo máximo de 30 días calendario desde la fecha en que la AFP realizó el primer desembolso.
  • El tercer desembolso, de hasta 1 UIT, debe completarse en un máximo de 30 días calendario contados a partir del día en que la AFP efectuó el segundo desembolso.
  • El cuarto desembolso, que puede ser de hasta 1 UIT o del remanente del monto solicitado, debe realizarse en un plazo máximo de 30 días calendario desde la fecha en que la AFP efectuó el tercer desembolso.

Entonces, para aquellas solicitudes presentadas el 20 de mayo, el primer desembolso se realizaría -como máximo- a partir del 14 de junio del 2024.

¿QUÉ PASA SI DESISTO DE MI RETIRO AFP 2024?

Si eres un afiliado que desea desistir de su solicitud de retiro de sus fondos, puedes comunicarlo a la AFP, por única vez, hasta 10 días calendario antes de la fecha en que se haya programado cualquiera de los desembolsos.

CRONOGRAMA OFICIAL:

Ver Normativa:

Resolución SBS N° 01623-2024Aprueban el Procedimiento Operativo para el retiro extraordinario y facultativo de fondos en el Sistema Privado de Pensiones, establecido en la Ley N° 32002, y dictan otras disposiciones.

LEY Nº 32002 | LEY QUE AUTORIZA EL RETIRO EXTRAORDINARIO Y FACULTATIVO DE LOS FONDOS DE LOS AFILIADOS AL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES HASTA POR EL MONTO DE CUATRO UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT)

Sitio Oficial de la Asociación de AFP:

https://www.asociacionafp.pe

Sitio Oficial de la SBS:

https://www.sbs.gob.pe

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