Incremento de la remuneración de los docentes y auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 29944 para el año 2025
Congreso de la República | Leyes | Presupuesto 2025 | Sector Educación
LEY Nº 32185
LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2025 | EDUCACIÓN
¿Cómo se dará el incremento de remuneraciones a Docentes y Auxiliares de Educación?
La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (Ley N° 32185) establece un incremento significativo en las remuneraciones de docentes y auxiliares de educación. Esta medida busca fortalecer el sistema educativo peruano, dignificar la labor de los educadores y garantizar mejores condiciones para el ejercicio de sus funciones.
Incremento de remuneración para Docentes
Los profesores nombrados de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y los contratados bajo la Ley N° 30328 recibirán un aumento en su Remuneración Íntegra Mensual (RIM), aplicado en dos tramos: el primero en marzo y el segundo en noviembre de 2025. Este incremento beneficiará también a aquellos encargados de cargos directivos, jerárquicos y especialistas en educación, quienes recibirán un ajuste adicional por jornada laboral extendida, según su escala magisterial.
El Ministerio de Educación gestionará los recursos necesarios para estos incrementos, priorizando la sostenibilidad presupuestaria y asegurando que la medida alcance a todos los docentes del sector público, incluidas las instituciones gestionadas por los gobiernos regionales, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior.
Incremento de remuneración para para Auxiliares de Educación
Los auxiliares de educación nombrados y contratados también serán beneficiados con un aumento significativo. A partir de marzo de 2025, su remuneración mensual ascenderá a S/ 2,945.00. Este ajuste reconoce el rol esencial que desempeñan los auxiliares en el desarrollo integral de los estudiantes y en el fortalecimiento del sistema educativo público.
Financiamiento y Transparencia
El financiamiento de estos incrementos será cubierto con los recursos presupuestarios asignados al Ministerio de Educación, sin generar costos adicionales al Tesoro Público. Las modificaciones presupuestarias necesarias serán aprobadas mediante decreto supremo, garantizando una gestión responsable y transparente de los fondos públicos.
Impacto en la Educación
El aumento salarial representa un paso importante hacia la revalorización del magisterio y el fortalecimiento del sistema educativo. Con mejores condiciones laborales, se espera que los docentes y auxiliares de educación cuenten con mayores incentivos para seguir desarrollando una labor de calidad, contribuyendo al progreso académico y personal de los estudiantes peruanos.
Esta medida reafirma el compromiso del Estado peruano con el bienestar de sus educadores y con el desarrollo de una educación pública de excelencia.
CITAS TEXTUALES DE LA LEY Nº 32185:
QUINCUAGÉSIMA TERCERA
1. Se exceptúa al Ministerio de Educación, a los gobiernos regionales, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, durante el Año Fiscal 2025, de lo establecido en el artículo 6 y solo al Ministerio de Educación de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente ley, a efectos de incrementar, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, lo siguiente:
a) La Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los profesores nombrados de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como la remuneración mensual de profesor contratado en el marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones. El incremento a que hace referencia el presente literal se efectúa en dos oportunidades, en los meses de marzo y noviembre del Año Fiscal 2025.
b) La asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o jerárquico de institución educativa o de especialista en educación, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 306-2017-EF. El incremento de esta asignación se efectúa en dos oportunidades en los mismos periodos en que se incrementa la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los profesores de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, conforme a lo dispuesto en el literal precedente.
2. Para efectos de lo dispuesto en el numeral precedente, se autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, hasta por la suma de S/ 599 342 983,00 (QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) para financiar lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 1 de la presente disposición. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último.
NONAGÉSIMA CUARTA. Incremento de la remuneración de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 29944
Se exceptúa al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales, durante el Año Fiscal 2025, de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente ley, según corresponda, a efectos de incrementar, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro de Educación, a propuesta de este último, la remuneración mensual, regulada por la Ley Nº 30493, Ley que regula la política remunerativa del Auxiliar de Educación en las instituciones educativas públicas, de los auxiliares de educación, nombrados y Col\tratados, en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial. Dicho incremento se efectúa en el mes de marzo del Año Fiscal 2025 y el nuevo monto de la remuneración mensual asciende a la suma de S/ 2 945,00 (DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES). Para efectos de financiar lo dispuesto en el primer párrafo de la presente disposición, autorícese al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Educación, a solicitud de este último.
Ver la Ley de Presupuesto completo en los enlaces que compartimos a continuación:
Ver Ley de Presupuesto 2025:
Ley N° 32185 | Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025
Además también puedes revisar:
Ley N° 32186 | Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025
Ley N° 32187 | Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025
Leyes del Congreso de la República:
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