¿Cuál es la situación actual del Proyecto de Ley para el nombramiento de docentes contratados con más de tres años?
Congreso de la República | Proyecto de Ley N° 01587 /2021-CR
¿Cuál es la situación actual del Proyecto de Ley para el nombramiento de docentes contratados con más de tres años?
El Proyecto de Ley que establece medidas en materia educativa para garantizar el derecho laboral de los docentes contratados con más de 3 años de servicio busca implementar disposiciones excepcionales que brinden estabilidad laboral a este grupo de profesionales. Presentado el 31 de marzo de 2022, su principal objetivo es reconocer la antigüedad y permanencia de los docentes contratados como un criterio para el nombramiento en plazas orgánicas del sector educativo.
Detalles del Proyecto de Ley:
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Proponentes y contexto: El proyecto fue impulsado por el congresista Pasión Dávila Atanacio, junto a los coautores Paul Gutiérrez Ticona, Segundo Montalvo Cubas y Alex Paredes Gonzales, del grupo parlamentario Perú Libre. Está orientado a docentes con tres o más años de contrato en el sistema educativo público.
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Comisiones asignadas: El proyecto fue enviado a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta General de la República, así como a la de Trabajo y Seguridad Social, para su análisis y dictamen.
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Evolución procesal:
- 2022: Inició en la agenda de las comisiones correspondientes. En octubre, la Comisión de Trabajo presentó un dictamen en mayoría a favor del proyecto, con una fórmula sustitutoria que autorizaba el nombramiento excepcional.
- 2023: El dictamen avanzó a la Comisión de Presupuesto, que acumuló otros proyectos similares para elaborar un texto sustitutorio. Fue aprobado en primera votación el 21 de junio y se exoneró de la segunda votación.
- 2024: En junio, el pleno reconsideró la exoneración de la segunda votación, pero el proyecto fue aprobado con un texto final. Sin embargo, la autógrafa de ley fue observada por la Presidencia de la República en julio, devolviéndose al Congreso para su revisión.
Situación actual:
El proyecto se encuentra en agenda de la Comisión Permanente, tras las observaciones realizadas por el Ejecutivo. Estas observaciones exigen ajustes al texto legal antes de proceder a su promulgación definitiva. Actualmente, no hay fecha confirmada para su debate final, pero continúa siendo un tema prioritario en el sector educativo.
Impacto esperado:
De aprobarse, este proyecto beneficiaría a miles de docentes contratados que cumplen con el requisito de más de tres años de servicio continuo, asegurando su estabilidad laboral mediante el nombramiento en plazas orgánicas presupuestadas. Se espera que contribuya al fortalecimiento de la calidad educativa en el país al garantizar la permanencia de docentes experimentados.
Para más información, puedes consultar el sitio oficial del Congreso.
Ver proyecto de ley:
Proyecto de Ley N° 01587
PROYECTO DE LEY QUE PROPONE ESTABLECER EL NOMBRAMIENTO DE LOS DOCENTES CONTRATADOS DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON MÁS DE 3 AÑOS DE EXPERIENCIA
Artículo 1. Objeto de la ley
Autorizar al Ministerio de Educación, por única vez, a efectuar el nombramiento automático de aquellos profesores que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, se encuentren laborando en calidad de contratados en las plazas docentes presupuestadas, y que cumplan más de 3 años de servicio como docente contratado, a fin de garantizar el derecho laboral de los docentes.
Artículo 2. Alcances de la Ley
Forman parte de este nombramiento todos los docentes contratados comprendidos en el Artículo 1° de la presente ley, que prestaron servicios acumulados bajo cualquier modalidad de contratación, hasta la fecha que entre en vigencia la presente ley.
Artículo 3. Requisitos para el nombramiento
Podrán acogerse a la presente ley los docentes que cumplan los siguientes requisitos:
- El docente contratado con 3 o más años de contrato vigente acumulado hasta la actualidad.
- El docente cuyo plazo de contratación acumulado supera los 3 años.
En ambos casos, previa evaluación por una Comisión del Ministerio de Educación, pasan a tener la condición de docente nombrado en una plaza orgánica.
Artículo 4. Concurso público a nivel nacional
Para las plazas presupuestadas no cubiertas por el procedimiento señalado en el artículo anterior, autorizase al Ministerio de Educación, por única vez, para convocar y ejecutar un concurso público a nivel nacional para la provisión de dichas plazas, mediante una Comisión encargada de dirigir y supervisar el concurso público a nivel nacional.
Podrán participar en él, todos aquellos docentes que, sin tener el requisito de experiencia mínima señalada en el artículo precedente, deseen hacerlo.
El Ministerio de Educación para efectos de¡ concurso y a través de la Comisión, aplicará una prueba de selección única, objetiva y anónima en su calificación para lo cual podrá contratar los servicios de instituciones especializadas.
Artículo 5. Plazo de implementación
El Ministerio de Educación tiene un plazo de 60 días para llevar a cabo el proceso de nombramiento de los docentes contratados comprendidos en la presente ley.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Implementación
El Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas queda facultado para dictar las normas que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente ley.
SEGUNDA. Vigencia de la presente ley
La presente ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ver el Proyecto de Ley Completo en el siguiente enlace.
Ver Proyecto de Ley:
Descargar el Proyecto de Ley: 01587/2021-CR
Presentado por el Congresista: Dávila Atanacio, Pasión Neomías
Proyectos de Ley Aculumados:
Proyecto de Ley N°: 1231, 1293, 2366 y 2534
Ver sitio oficial de Leyes del Congreso de la República:
Sitio oficial del Congreso de la República:
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