Proponen que la destitución automática de docentes y auxiliares se aplique únicamente cuando haya una sentencia firme en segunda instancia | Proyecto de Ley N° 10377/2024-CR
Congreso de la República | Proyectos de Ley
Proponen que la destitución automática de docentes y auxiliares se aplique únicamente cuando haya una sentencia firme en segunda instancia
Proyecto de Ley 10377/2024/CR
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 49 DE LA LEY 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
Sumilla: PROPONE MODIFICAR LA LEY N° 29944, CORRIGIENDO EL CONTENIDO ESTABLECIDO POR LA LEY N° 32242, CON LA FINALIDAD DE PROTEGER Y GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES COMO EL DE DOBLE INSTANCIA, DEBIDO PROCESO Y DERECHO A LA DEFENSA DENTRO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA DESTITUCIÓN AUTOMÁTICA CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 49, REESTABLECIENDO EL CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN EL TRATAMIENTO DE DOCENTES INVESTIGADOS POR DELITOS.
Proyecto de Ley N° 10377/2024-CR
1. Descripción General
El Proyecto de Ley N.° 10377/2024-CR propone modificar el artículo 49 de la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial, con el objetivo de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de los docentes que puedan ser objeto de destitución automática.
Esta iniciativa surge como respuesta a la Ley N.° 32242, que estableció la destitución automática e inhabilitación permanente de docentes, auxiliares y directivos de instituciones educativas públicas y privadas que cuenten con sentencia condenatoria firme por delitos graves.
2. Objetivo de la Modificación
El proyecto busca corregir lo dispuesto en la Ley N.° 32242, asegurando que los principios de doble instancia, presunción de inocencia y debido proceso sean respetados en la destitución de docentes condenados por delitos graves. Se propone que la destitución automática solo se aplique cuando exista sentencia firme en segunda instancia, evitando que un docente sea separado de la Carrera Pública Magisterial si su caso aún está en proceso de apelación.
3. Principales Modificaciones Propuestas
- Condicionar la destitución automática a que exista sentencia firme en última instancia, garantizando el derecho a la defensa y la posibilidad de apelación.
- Mantener la destitución automática para los docentes condenados definitivamente por delitos graves como violencia sexual, terrorismo, tráfico ilícito de drogas, entre otros.
- Disponer que todas las normas relacionadas con la destitución de docentes se adecuen a esta modificación.
4. Justificación de la Medida
El proyecto considera que la Ley N.° 32242 vulnera principios constitucionales al aplicar la destitución automática tras una condena en primera instancia, sin respetar el derecho de los docentes a una segunda instancia judicial. Se argumenta que un docente podría ser destituido y posteriormente declarado inocente, lo que resultaría en una afectación irreparable a su carrera y estabilidad laboral.
El Tribunal Constitucional y tratados internacionales ratifican el principio de presunción de inocencia, estableciendo que toda persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad mediante una sentencia firme.
5. Impacto y Beneficios
- Restablecimiento de garantías constitucionales para los docentes, asegurando su derecho a la defensa.
- Evitar destituciones injustas que puedan revertirse en segunda instancia.
- Mantener la lucha contra delitos graves, pero con procedimientos respetuosos de los derechos fundamentales.
6. Relación con Políticas Públicas
Este proyecto de ley se alinea con los principios del Estado de derecho y el respeto de los derechos humanos, contribuyendo a la seguridad jurídica del sector educativo.
7. Conclusión
La iniciativa legislativa no busca derogar la destitución automática, sino modificarla para garantizar que solo se aplique a docentes cuya sentencia sea definitiva. Esto permite fortalecer la lucha contra delitos graves sin afectar los derechos fundamentales de los docentes que aún se encuentren en proceso judicial.
Ver y descargar proyecto de Ley:
Proyecto de Ley 10377/2024/CR | LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 49 DE LA LEY 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
Autor Principal: Medina Hermosilla, Elizabeth Sara
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