AMPLÍAN HASTA EL 16 DE ABRIL LAS INSCRIPCIONES PAR EL CONCURSO DE ASCENSO 2021

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 116-2021-MINEDU

Lima, 14 de abril de 2021

VISTOS, el Expediente N° 0025423-2021; el Informe N° 00140-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente, el Informe N° 00484-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial (en adelante, Ley de Reforma Magisterial), señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, según lo previsto por el artículo 26 de la citada Ley, el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad, este se realiza a través de concurso público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto;

Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 27 de la Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas que se emitan;

Que, asimismo, el artículo 28 de la referida Ley establece que la evaluación para el ascenso en la Carrera Pública Magisterial tiene una finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente;

Que, conforme con lo dispuesto por el artículo 51 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED, la evaluación de ascenso tiene entre sus objetivos, promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 057-2021-MINEDU, se aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial” (en adelante, documento normativo), el cual tiene como objetivo establecer los requisitos, criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, comprendidos en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED;

Que, el numeral 5.6.1.1 del precitado documento normativo establece que la convocatoria del concurso se realiza de acuerdo a una periodicidad anual, la misma que se aprueba conjuntamente con su cronograma; asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5.6.1.2, el Ministerio de Educación, excepcionalmente, puede modificar las fechas del cronograma, situación que debe ser difundida de forma oportuna en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 063-2021-MINEDU, se convoca al concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2021, así como se aprueba el cronograma del referido concurso público;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00140-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, a través del cual sustenta la necesidad de modificar el cronograma del Concurso Público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2021;

Que, la propuesta de modificación tiene por objetivo ampliar hasta el 16 de abril de 2021, la fecha de finalización de la Actividad N° 1 denominada: “Inscripción única de postulantes”, prevista en el cronograma del referido concurso público;

Que, a través del Informe N° 00484-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable a la propuesta de modificación, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, la Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar la fecha de finalización de la actividad N° 1 del Cronograma del Concurso Público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2021, aprobado por Resolución Viceministerial N° 063-2021-MINEDU, el cual queda redactado con el siguiente tenor:

Actividades

Inicio

Fin

1

Inscripción única de postulantes. (a)

24/03/2021

16/04/2021

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo que contiene el cronograma completo y actualizado, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS

Viceministra de Gestión Pedagógica

1943993-1

Fuente: elperuano.pe

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