Aprueban las Bases Generales y Específicas de los Concursos Educativos Virtuales 2021. [RVM N° 235-2021-MINEDU]

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 235-2021-MINEDU

Lima, 26 de julio de 2021

VISTOS, el Expediente Nº 0083477-2021, los Informes Nº 112-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-UAC-JDGA y Nº 121-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-UAC de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular; el Oficio Nº 00343-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00911-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; corresponde al Estado coordinar la política educativa;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general de Estado;

Que, el literal h) del artículo 8 de la precitada Ley señala que la educación peruana se sustenta en ciertos principios, entre ellos, la creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura; asimismo, conforme con lo previsto en el literal g) del artículo 13, uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la investigación e innovación educativa;

Que, la Ley Nº 28898, Ley que crea el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, tiene por finalidad mantener latente el mensaje multicultural del insigne escritor y antropólogo antes referido; así como, estimular y premiar la creación literaria en sus diversas formas narrativas, tanto las orales como escritas, y pertenecientes a las diversas culturas existentes en el país, entre los y las estudiantes de la educación básica;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0157-2008-ED, se aprueba las Normas para el Otorgamiento del Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas” y se encarga al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la aprobación de las Bases Anuales para el otorgamiento del precitado premio; así como, las normas complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de la Ley que instituye el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”;

Que, por Resolución Ministerial Nº 0180-2004-ED, modificada por Resolución Ministerial Nº 0178-2005-ED, se instituye la Olimpiada Nacional Escolar de Matemática, como espacio que permita a los alumnos de las instituciones de Educación Básica Regular – Secundaria del país contrastar sus aprendizajes en esta ciencia; a fin de estimular el estudio de la matemática, promover el desarrollo de jóvenes talentos y fomentar el trabajo en equipo, propiciar la sana competencia, el compañerismo y la amistad entre los participantes;

Que, asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 0526-2005-ED, se instituyen los Juegos Florales Escolares como actividad educativa de la Educación Básica Regular; con el objetivo de estimular en las y los estudiantes la sensibilidad y el interés por la creación y expresión artística, así como promover el desarrollo y la formación integral de las y los estudiantes a través de la práctica artística;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 273-2020-MINEDU, que aprueba el documento normativo denominado “Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2021 en Instituciones y Programas Educativos de la Educación Básica”; en el literal y) del numeral 6.1.1. se establecen las responsabilidades del directivo de la Institución Educativa o responsable del programa educativo, entre ellas, promover la participación de los concursos escolares en la Institución Educativa –con excepción de los estudiantes del nivel inicial– para brindar oportunidades de desarrollar la imaginación y la creatividad y medios alternativos de comunicación, como medida de soporte emocional a las y los estudiantes; así como de conformidad con lo dispuesto en el literal z) del numeral 6.2, la Unidad de Gestión Educativa Local es responsable, entre otros, de coadyuvar la gestión de los recursos para el desarrollo de los Concursos Escolares;

Que, por Resolución Viceministerial Nº 155-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación que aseguren el desarrollo del servicio educativo de las instituciones y programas educativos públicos, frente al brote del COVID-19”;

Que, el Ministerio de Educación, en el marco del estado de emergencia nacional y la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID-19, estableció diversas disposiciones correspondientes al año lectivo 2021, con la finalidad de evitar cualquier situación que exponga a las y los estudiantes al riesgo de contagio y prevenir la propagación del COVID-19, en las diferentes instituciones educativas públicas y privadas a nivel nacional;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes Nº 112-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-UAC-JDGA y Nº 121-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-UAC, elaborados por la Unidad de Arte y Cultura de la Dirección de Educación Física y Deporte, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar las Bases Generales y Específicas de los Concursos Educativos Virtuales 2021, que contienen los Juegos Florales Escolares Nacionales, el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, el Concurso Nacional Crea y Emprende, la Olimpiada Nacional Escolar de Matemática y la XXXI Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología “Eureka”;

Que, los citados Concursos Educativos Virtuales 2021 tienen como objetivo general contribuir a la formación integral de las y los estudiantes, así como al logro de los aprendizajes que potencien su creatividad y una ciudadanía activa, a través de prácticas artísticas, culturales y tecnológicas, en el marco de la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica y en el contexto de la emergencia sanitaria a consecuencia del COVID-19;

Que, además, las referidas Bases de los Concursos Educativos Virtuales 2021 cuentan con la opinión favorable de la Dirección de Educación Primaria (DEP), de la Dirección de Educación Secundaria (DES), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA) y de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE);

Que, mediante el Oficio Nº 00343-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, verificó que se cuenta con recursos disponibles en el Pliego 010: Ministerio de Educación para el financiamiento de los Concursos Educativos Virtuales 2021;

Que, a través del Informe Nº 00911-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las Bases Generales y Específicas de los Concursos Educativos Virtuales 2021, que contienen los Juegos Florales Escolares Nacionales, el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, el Concurso Nacional Crea y Emprende, la Olimpiada Nacional Escolar de Matemática y la XXXI Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología “Eureka”, las mismas que, como anexo, forman parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de las Bases Generales y Específicas de los Concursos Educativos Virtuales 2021, aprobados por el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular la difusión y promoción de los Concursos Educativos Virtuales 2021 señalados en el artículo 1 de la presente resolución, a través del portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y en las redes sociales oficiales del Ministerio de Educación, a fin de garantizar la participación de los interesados.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE) ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS

Viceministra de Gestión Pedagógica

1976854-1

Fuente: elperuano.pe

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