MINEDU: Aprobó el Padrón actualizado de pago por asignaciones temporales por tipo y ubicación para docentes de institutos superiores entrará en vigor el 1 de marzo: ¿Quiénes lo recibirán?

Aprobar los padrones de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos que a continuación se detallan, los mismos que, como anexos, forman parte integrante de la presente Resolución.

Alrededor de 820 de un total de 2450 docentes, nombrados y contratados de los institutos pedagógicos del país percibirán una asignación por concepto de trabajo en el ámbito rural o de frontera y por servicio en zona del VRAEM.

Las asignaciones tienen como propósito reconocer e incentivar a los docentes de los IESP públicos en función efectiva del puesto, tipo, según condición laboral y ubicación del IESP, en el marco de la Ley N° 30512.

Mediante el Decreto Supremo N. º 357-2019-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se fija los montos de asignación referidos, los que indican una asignación de S/ 720 por desempeñar el cargo de director general y de S/ 480 para los docentes que asuman puestos de gestión pedagógica.

Para los docentes que laboren en el ámbito rural la asignación corresponde a S/ 600; y si se encontrase en zona de frontera S/ 120; y si labora en zona del VRAEM la asignación será de S/ 360.

Cabe precisar que las asignaciones mencionadas no tienen carácter remunerativo ni pensionable, por lo que no constituyen base para el cálculo de otros beneficios, no están afectas a cargas sociales ni se incorporan a la Remuneración Íntegra Mensual Superior (RIMS).

En cuanto al concepto de subsidio por luto y sepelio otorgado al docente de la Carrera Pública Docente (CPD) en el marco del artículo 99 de la Ley N° 30512, la asignación es de S/ 3 000.

Asimismo, la norma dispone que el Minedu aprueba los padrones para los IESP públicos siendo el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones.

Posteriormente, mediante Decreto Supremo aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas se transferirá el presupuesto a los gobiernos regionales para financiar el costo de las asignaciones descritas que se otorga en el marco de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.

El Minedu reconoce el trabajo de los docentes formadores, nombrados y contratados, que laboran en los institutos pedagógicos, por ello su bienestar es determinante para mejorar la calidad educativa de los docentes del futuro.

La Resolución Viceministerial N° 014-2024-Minedu, también anunció que dentro de los padrones aprobados se incluyen a los docentes de Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos ubicados en la zona del VRAEM, en ámbitos rurales y de frontera. Esta norma entrará en vigor desde el 1 de marzo, para todos los centros educativos mencionados.En cuando a las asignaciones salariales, el artículo 3 de la norma indica que serán recibidas por los docentes nombrados, docentes contratados y los asistentes o auxiliares de educación superior contratados que desempeñan función efectiva en el cargo, tipo y ubicación de los Institutos y Escuelas de Educación Superior públicos, considerados en el artículo 1.Por otro lado, los padrones de Institutos y Escuelas de Educación Superior públicos que estén aprobados por la Resolución Viceministerial N° 033-2023-MINEDU, se utilicen para el cálculo de la remuneración vacacional (enero y febrero del año 2024) de los docentes nombrados y de las vacaciones truncas de los docentes, asistentes y auxiliares contratados de los Institutos y Escuelas de Educación Superior públicos que mantuvieron vínculo laboral durante el año 2023.

DESCARGUE LOS ANEXOS

NORMATIVA

www.gob.pe/institucion/minedu/

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